Ventajas de constituir una SL

¿Es mejor ser autónomo o montar una Sociedad Limitada?

| 11 Junio, 2019

Una de las primeras y más importantes preguntas que todo emprendedor debería plantearse es, ¿qué forma jurídica se adapta mejor a las particularidades del proyecto que pretendo desarrollar? La pregunta no tiene una única respuesta, sino que la misma variará en función de distintos factores y/o criterios, principalmente de tipo económico y personales.

Partiendo de datos puramente estadísticos, y dado que más de 3/4 partes del tejido empresarial está compuesto por autónomos y sociedades mercantiles limitadas, creemos conveniente explicar algunas de las diferencias más significativas entre una y otra opción.

La primera y -a nuestro juicio- la más importante de las características que uno debe de conocer al respecto de las Sociedades Limitadas (SL), es que contrariamente a lo que sucede en el caso de los autónomos, ejercer una actividad mediante una SL implica poner a salvo de todo riesgo el patrimonio personal de cada uno de los socios.

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Los inicios de una actividad siempre están cargados de ideas, ilusión y esperanza, pero no debemos permitir que eso nuble nuestra mente. Los negocios están expuestos al mercado, a la competencia, a la moda y a muchas otras circunstancias que escapan a nuestro control, de modo que el éxito de un negocio no viene asegurado por las ganas y energía invertidas en el mismo. Por ello, es conveniente ser precavido, y tanto si vas a ejercer tu actividad sólo como con uno o varios socios, resulta acertado protegerse de las eventualidades futuras desde el mismo inicio del proyecto mediante la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada (SL) o sociedad limitada unipersonal (SLU) en la cual la responsabilidad del socio por la actividad de la empresa estará siempre limitada al capital aportado a la misma que, en España, no puede ser inferior a los 3.000€.

Otra de las cuestiones relevantes a valorar a la hora de decidir entre constituir una SL o darse de Alta autónomo es la fiscalidad, ya que mientras un autónomo estará sujeto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F) y se le aplicará un tipo de gravamen escalado y progresivo que implica pagar más impuestos cuantos más beneficios obtenga, las sociedades limitadas están sujetas al Impuesto de Sociedades y el tipo de gravamen aplicable (actualmente del 25%) no variará cuanto mayores sean los beneficios. Por consiguiente, a partir de cierto nivel de rendimiento y beneficios (unos 40.000€ al año aproximadamente), un autónomo pagará más impuestos que una sociedad limitada.

Por último, no podemos dejar de hacer referencia al factor económico, y es que si bien constituir una SL siempre será más costoso (la constitución requiere una aportación de capital, gastos de notario, registro, etc.) que iniciar el Alta de Actividad como trabajador autónomo, lo cierto es que los trámites y costes asociados son asumibles si los ponemos en relación a los riesgos que con la constitución de una SL se consiguen evitar.

En definitiva, las barreras o inconvenientes que, todavía a día de hoy, explican que aproximadamente un 53% de las nuevas empresas que se crean en España lo hagan bajo la forma jurídica de autónomo, derivan en mayor medida de cuestiones más económicas y/o formales que operativas, no obstante, y según nuestro criterio, resulta altamente recomendable hacer esta pequeña inversión, constituir una SL y ganar en tranquilidad.

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